jueves, 10 de marzo de 2011

EL PROBLEMA LIMITROFE ENTRE TARMA Y CHANCHAMAYO

EL PROBLEMA LIMITROFE ENTRE TARMA Y CHANCHAMAYO
DR. MOISES TACURI GARCIA
CONSEJERO REGIONAL POR TARMA


Cuando se promulga el Decreto Ley N° 21941 un 24 de setiembre de 1977, ley que crea la provincia de Chanchamayo, La provincia de Tarma una vez más sería recortada en forma significativa. 
Como sabemos Tarma en la época del virreinato comprendía una  gran área territorial en lo que se llamaba Intendencia de Tarma (que fue creada en 1784 y subsistió hasta 1821, año en que desapareció el virreinato de Perú)  la cual pasó a ser el Departamento de Tarma por un reglamento provisional del 12 de Febrero de 1821, luego por decreto del 21 de Junio de 1825, la Provincia de Tarma integró el Departamento de Huánuco el que tomó el nombre de Junín por decreto del 13 de Setiembre de 1825. Posteriormente una ley del 31 de Diciembre de 1855 restableció la Provincia de Tarma continuando hasta la actualidad.
Ni en el Reglamento provisional de 1821, ni los decretos de 1825 ni la Ley de 1855 se especificaron los límites territoriales de la Provincia de Tarma.
El distrito de Palca fue creado por ley del 02 de Enero de 1857 y tampoco especificaba límites precisos, el 22 de Octubre de 1928 se volvió a crear el distrito de Palca por la ley N°6250, e igualmente no describe sus límites territoriales (esta ley fue dada durante el gobierno del Presidente Augusto B. Leguía, y textualmente decía “Artículo único .- créase en la Provincia de Tarma del Departamento de Junín, el distrito de Palca, con el pueblo de su nombre y el territorio comprendido dentro de los límites jurisdiccionales que le corresponden en la fecha” .
El distrito de San Ramón fue creado por Ley N° 820 del 14 de Noviembre de 1908 sin especificar sus límites territoriales (en ese entonces San Ramón pertenecía a Tarma).
La provincia de Chanchamayo fue creada por Ley N° 21941 de 1977, cuya descripción de límites territoriales con la provincia de Tarma solo menciona el lugar llamado “Huacapistana” sin mayores detalles, siendo impreciso el límite entre los distritos de Palca (Tarma) y San Ramón (Chanchamayo), esta ley en su artículo 2 dice textualmente: “La Provincia de Chanchamayo estará constituída por los distritos de Vítoc, capital Pucará, San Ramón, capital San Ramón, Chanchamayo capital La Merced y los pueblos que por este mismo decreto se elevarán a la categoría de distritos; San Luis de Shuaro, Capital San Luis de Shuaro y Pichanaqui capital Bajo Pichanaqui”.
Por mandato imperativo de la Ley N° 27795, Ley de Demarcación y Organización Territorial, su reglamento el D.S. N° 019-2003-PCM, el Plan Nacional de Demarcación Territorial y demás normas específicas vigentes, el Gobierno Regional Junín asumió la responsabilidad técnica de llevar a cabo el proceso de Saneamiento y organización Territorial de la Provincia de Chanchamayo, habiéndose evaluado previamente las imprecisiones limítrofes existentes entre ambas circunscripciones.
El  Instituto Geográfico Nacional con oficio N° 2546-2009-IGN/DGG/DDT, del 24 de noviembre del 2009 corrobora las imprecisiones limítrofes cuando dice literalmente: “Solo se puede identificar el lugar llamado Huacapistana, sin embargo no hay mayores indicios del límite” (Esta aseveración es lo que me ha motivado para retomar este tema y me ha obligado como actual gestión a contagiar a las actuales autoridades para el respectivo pronunciamiento y toma de acciones para ver lo que sea más adecuado para el pueblo de Tarma).
En este contexto el Gobierno Regional Junín, implementó las mesas de trabajo para el tratamiento de los límites territoriales con las autoridades locales de la circunscripciones involucradas, específicamente, entre las autoridades de la Municipalidades Distritales de San Ramón (Chanchamayo) y Palca (Tarma), desde Mayo hasta septiembre del 2010.
Es en este punto, en mi calidad de Consejero por Tarma, solicité a la Subgerencia de Acondicionamiento Territorial que nos proporcionen todo lo actuado hasta el momento por ser de mucha importancia para nuestra provincia por los siguientes aspectos:
a)      Los pobladores de Yanango, dependen del Ministerio de Salud UTES Tarma en los que a sus programas preventivo promocionales se refieren así como la dación  de atenciones de Salud), de igual modo la Institución Educativa N°31069 de Yanango, pertenece al distrito de Palca, Provincia de Tarma y la Policía Nacional de Tarma tiene como ámbito de Acción hasta el río Yanango, incluyendo la zona de Huacapistana, así como todas las demás instituciones, es más, los pobladores de Yanango en su mayoría sufragan en Palca.
b)      La central Hidroelectrica de EDEGEL, se encuentra en las inmediaciones de la zona de Huacapistana y paradójicamente tienen un letrero que dice TOMA TARMA, pero sin embargo según la propuesta de la municipalidad de San Ramón, y según el hito de bienvenida que arbitrariamente pusieron (ya que aún no está delimitado legalmente) , esta Empresa Hidroeléctrica estaría en la jurisdicción de San Ramón. Y por lo tanto el Canon hidroenergético está abonando hace varios años en ese distrito. De allí la importancia estratégica que tiene la definición de esta delimitación.

El día 7 de Febrero del 2011 formalizé dicha solicitud con el Oficio N°090-2011-GRJUNIN-CR/MTG, al Economista Alberto Matos Gilvonio, Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, que exponga sobre el Tratamiento  de acciones de Demarcación en el Departamento de Junín, el cual informa en su ponencia que entre Chanchamayo y Tarma existe una controversia de límites interprovinciales y que esta controversia está supeditada a factores económicos (llámese el canon Hidroenergético de la Compañía EDEGEL), accesibilidad vial e imprecisión de límites en sus leyes de creación, y que la situación de esta controversia se encontraba en proceso de consolidación del SOT Chanchamayo y que el presente año 2011 habría de concluir.
Para brindar más nociones sobre el proceso de demarcación es necesario conocer que este proceso ha de pasar por varias etapas la cuales son:
1)      Petitorio de la comunidad (tiene que solicitarlo un 20% más 1 de la población.
2)      La realización del EDZT (Estudio Diagnóstico de Zonificación Territorial), en esta etapa se realiza la recopilación de información, trabajos de campo y gabinete, elaboración de mapas, todo ello manejado por profesionales técnicos en la materia, acabada esta etapa se entrega el documento a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), para su supervisión, Revisión y Aprobación, terminando esta fase con la respectiva Resolución Jefatural. Luego el EDZT se presenta a las autoridades municipales Distritales y Provinciales.
3)      Consolidación del SOT (Saneamiento Organizacional Territorial): En esta fase se reúnen el GRJ con las autoridades municipales donde ambas presentan sus propuestas técnicas (En esta etapa es importante que las autoridades se asesoren con ingenieros geógrafos que son los más indicados para realizar las delimitaciones del punto de vista técnico). Una vez que se han reunido hasta en tres oportunidades, termina esta etapa y nuevamente se eleva el SOT a la Presidencia del Concejo de Ministros, esta lo Pasa al Congreso el cual ha de dar finalmente la respectiva Ley que finalmente demarque y organice los territorios respectivos en forma definitiva.
En el caso del conflicto en mención ya se llevó a cabo el EDZT, el cual fue mostrado a las autoridades de ambos distritos y se procedió asimismo a llevar a cabo las tres reuniones respectivas:
a)      La primera reunión o mesa de trabajo se llevó a cabo (Previa convocatoria) en la sede del GRJ , el 20 de Mayo del 2010. Por Palca asistió el Señor Edgar Ameri Santos en su condición de Alcalde, y el Sr. Martín Laurente Pucuhuayla como Asesor de Gestión.  Por San Ramón fueron el Sr. Alcalde Heinz Willy Hammer Astete y el arquitecto Ernesto Sanabria Cerrón como Gerente de Catastro, Planificación y Control Urbano. Esta mesa de trabajo fue citada a las 10:00 horas, pero se inició a la 10:54 por la tardanza del Señor alcalde de Palca (Conforme está escrito en las actas). La Ingeniera Evely Vivanco Porras puso a consideración la propuesta técnica de redelimitación territorial entre los distritos en mención. El alcalde de Palca refiere que el centro poblado de Yanango viene siendo atendido por su municipalidad, mientras que el alcalde de San Ramón refiere que debería ponerse como punto de límite la zona de HUACAPISTANA por que tiene “TRASCENDENCIA HISTÓRICA” para este Distrito. Siendo los acuerdos de esta primera mesa de trabajo que ambos alcaldes pondrán a su consideración de sus respectivos concejos municipales la propuesta técnica facilitada por el Gobierno Regional para su discusión y aprobación comprometiéndose a presentar una propuesta común de límites en la segunda mesa de trabajo (es importante referir que para la segunda mesa era fundamental llevar la respectiva propuesta técnica conn asesoría de un ingeniero geógrafo).

b)      La segunda mesa de trabajo se realizó en la ciudad de Huancayo en la Sede del Gobierno Regional Junín, el día 23 de Julio del 2010, por San Ramón asistieron : Sra. Julia Jimenez Solórzano( Gerente Municipal), Arq. Ernesto Sanabria Cerrón (Sub Gerente de Catastro, Planificación y Control Urbano), Ing. María Encalada Puma ( Ingeniero Geógrafo), y Fernando Llantoy Baños (Asesor Legal); por Palca asistieron : Sr. Edgar Ameri Santos (Alcalde) y Jorge Arias Calderón (Asesor Legal); en esta reunión el Señor Alcalde de palca manifestó que por “Motivos de fuerza mayor” no será posible realizar la presentación y exposición de su propuesta técnica de límites. La representación de la Municipalidad de San Ramón manifestó que cuentan con su propuesta Técnica de Límites, sin embargo “No existe igualdad de condiciones” para realizar la presentación y exposición correspondiente (obviamente San Ramón acudía con toda una propuesta técnica y todo un equipo mientras que en la representación de Tarma sucedía todo lo contrario) .  El GRJ ante toda esta situación estima necesario llevar a cabo una tercera reunión más, y si en esta tercera reunión no se efectiviza la presentación y exposición de las Propuestas Técnicas de límites, el GRJ determinará la delimitación respectiva.

c)       La tercera y última mesa de trabajo se llevó a cabo en la sede del GRJ en Huancayo, el 03 de Septiembre del 2010. Por la Municipalidad de San Ramón asistieron el Sr. Heinz Willy Hammer Astete (Alcalde), el Arq. Ernesto M. Sanabria Cerrón (Subgerente de Catastro, Planificación y Control Urbano) y la Ing. Ana María Encalada Puma (Ingeniera Geógrafa), y  por la Municipalidad de Palca no asistió ninguno. En esta última mesa de trabajo el GRJ puso en conocimiento del Señor Alcalde de San Ramón acerca del oficio que el Señor Eber Leonardo Puente (encargado de la Alcaldía de Palca) envió el 2 de setiembre donde solicita ampliación de plazo para la presentación de su propuesta técnica, hecho que fue rechazado por el señor alcalde de San Ramón, en cuanto ha transcurrido el  tiempo necesario para la presentación de las propuestas técnicas de límites, sugiriendo se proceda según el acuerdo suscrito en Acta del 23 de Julio del 2010 ( con esto San Ramón llegaba hasta la altura de la quebrada mala alma, por ser la única propuesta existente, sin lugar a réplica departe de nuestra provincia).

Los lectores han de sacar sus propias conclusiones  respecto a cómo fue llevado hasta hace unas semanas este proceso departe de las autoridades de Tarma.
Importa este tema porqué después de muchos años el proceso de demarcación entre Tarma-Chanchamayo (Llámese Palca San-Ramón en este caso) ha de llegar a su fin este año 2011 en forma definitiva, toda vez que pasadas las mesas de trabajo, pasado el EDZT, este proceso ya se encuentra en la etapa de SOT (Saneamiento Organizacional Territorial) luego del cual una vez culminado este saneamiento, ha de pasar a la Presidencia del Concejo de Ministros (PCM) para su revisión y conformidad, luego será elevada a la Comisión de Descentralización del Congreso de la República el cual dará la respectiva Ley de Demarcación y Organización territorial de la provincia de Chanchamayo, consumándose en forma definitiva este despojo irregular que desde 1997 esta provincia vecina viene haciendo en forma sistemática y silenciosa, ante la desidia de las autoridades de turno,  a nuestra provincia.

El día 04 de marzo del 2011, como parte de la comisión de Delimitación del Consejo Regional de Junín conjuntamente con el Consejero delegado Dr. Eddy Misari Conde, en viaje oficial, hemos recorrido la zona en conflicto desde Palca, el Km 74 donde luce el arco de bienvenida a San Ramón en un territorio todavía en disputa, la zona de Huacapistana, la llamada Toma Tarma de EDEGEL, el poblado de YANANGO, donde encontramos a los moradores e inspeccionamos el humilde colegio N° 31069 de la Jurisdicción de la UGEL Tarma (Injustamente olvidado pese al importante Canon hidroenergético que San Ramón recibe), pasando por el Rio Yanango, hasta llegar al Distrito de San Ramón donde al acercarnos a las oficinas de EDEGEL localizada en el Jr. Alvariño 464, su administrador guardó un absoluto hermetismo citándonos para una hora incierta de la tarde en que vendría su responsable del area de comunicación Srta Mercedes Cáceres Oyarce, luego al acercarnos al Municipio de San Ramón (a pesar de haber sido convocado con anticipación con oficio del gobierno Regional) no se encontraba el Señor Alcalde Ing. Juan José Ludeña Orihuela , encontrando solo a la teniente alcaldesa Srta. Jenny Arona, de todos modos la reunión se llevó a cabo conjuntamente con sus asesores como el Arquitecto Ernesto Sanabria (quién conocía mucho del tema toda vez que trabajó desde la gestión anterior), dándonos una copia de su propuesta de delimitación territorial que incluso abarca mas allá de donde está su arco de bienvenida adentrándose aún más en territorio de palca.
El día 08 de marzo del 2011, una comisión tarmeña, fue convocada por mi persona para reunirnos en la Subgerencia de Acondicionamiento Territorial con el Licenciado Máximo Nieto Morales (Subgerente de Acondicionamiento Territorial) y la Ingeniera Geógrafa Evely Vivanco porras (Especialista en Demarcación Territorial del GRJ), Por el distrito de Palca asistió el Señor Dionisio Huaynates Torres (Alcalde actual), El Dr. Armando Barrios (Asesor Legal del Municipio de Palca), Por la Municipalidad de Tarma asistió el Dr. Wilder Mariscal (Asesor Legal del municipio de Tarma) y obviamente en mi calidad de Consejero por Tarma mi presencia era obligatoria.
En un primer momento la actitud de los funcionarios de dicha Subgerencia fue reacia a aceptar una última mesa de trabajo (esta vez en otras condiciones) con el Municipio de San Ramón , donde nosotros vamos a llevar nuestra Propuesta Técnica de delimitación, esta vez asesorados con un ingeniero geógrafo pertinente, sin embargo luego de muchas tratativas departe de esa delegación de Tarmeños, nos han dado la opción (que por demás es justa ) a que se convoque a una Mesa Ampliatoria a fines de este mes de Marzo 2011, donde llevaremos nuestro planteamiento limítrofe (donde se toma el río Yanango como referencia) y que deseamos vehementemente que se revierta nuestra adversa posición y defendamos a nuestra provincia como debe ser, dentro del marco de la legalidad y justicia.
QUEBRADA DEL RIO YANANGO (LIMITE GEOGRAFICO NATURAL ENTRE TARMA Y SAN RAMON).
PROPUESTA DE TARMA (LINEA ROJA) Y PROPUESTA DE SAN RAMÓN (LINEA VERDE)

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